Thursday 15 October 2026
El Tribunal de Cuentas aplica la amnistía a Puigdemont, Mas y Junqueras y archiva la causa económica del 'procés'
3 minutos de noticias · Política
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La decisión levanta la fianza de cinco millones de euros que pesaba sobre los encausados y deja sin efecto las responsabilidades contables exigidas a las cúpulas de Junts y ERC en las fases decisivas del 'procés'.
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El Tribunal de Cuentas ha amnistiado a todos los responsables contables del ‘procés’ investigados por el uso indebido de fondos públicos: los expresidentes Carles Puigdemont y Artur Mas, el exvicepresidente Oriol Junqueras y una treintena de ex altos cargos de la Generalitat. La decisión supone el archivo definitivo de la causa económica, también por la acción exterior de la Generalitat.
La resolución da la razón a los encausados frente a la demanda presentada por Societat Civil Catalana y ordena el levantamiento inmediato de todas las medidas cautelares fijadas durante la instrucción. Así se desactivan el embargo preventivo y las garantías financieras impuestas a los líderes independentistas, que hasta ahora afrontaban una reclamación global de cinco millones de euros en concepto de fianza. El fallo invalida también las responsabilidades contables exigidas a las cúpulas de Junts per Catalunya y ERC que asumieron competencias de gobierno en las fases decisivas del ‘procés’.
El tribunal considera probado que todos ellos realizaron gastos vinculados al 1-O, a la consulta del 9N de 2014 y a la «acción exterior» de la Generalitat entre 2011 y 2017, «a fin de difundir en el ámbito internacional el proceso independentista». Apunta, no obstante, que «no ha resultado acreditado» que se usaran fondos procedentes del presupuesto de la Unión Europea, ni administrados por esta, lo que, de haber sido así, sí habría sido motivo de exclusión del olvido penal.
Pero la representación procesal de la Generalitat y varios encausados aportaron certificaciones de la intervención general de la administración catalana sobre el origen de los fondos. Con ellas, el tribunal concluye que «ya no consta obstáculo alguno» para aplicar la amnistía. El artículo 1.1 de la ley se aplica a «actos de responsabilidad penal, administrativa o contable», ejecutados en el marco de las consultas del 9 de noviembre de 2014 y del 1 de octubre de 2017, siempre que hubieran sido realizados entre el 1 de noviembre de 2011 y el 13 de noviembre de 2023. La resolución afirma que «resulta claro» que Mas, Puigdemont, Junqueras y el resto de encausados «están incluidos dentro del ámbito de aplicación de esta ley».