Sábado, 10 de octubre de 2026
Anticorrupción ve indicios de tráfico de influencias y cohecho en el PSOE, pero considera precipitado imputar al partido
3 minutos de noticias · Política
La Fiscalía descarta malversación, financiación ilegal y blanqueo, pero no tráfico de influencias ni cohecho, y señala a Santos Cerdán y a la gerente, Ana María Fuentes Pacheco, como piezas clave; el juez Santiago Pedraz considera necesario practicar diligencias antes de decidir sobre la imputación del partido.
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La Fiscalía Anticorrupción considera que existen indicios de dos delitos cometidos por el PSOE: tráfico de influencias y cohecho. Así se desprende del escrito con el que responde a la petición del Partido Popular de atribuir ya al partido la condición de investigado como persona jurídica. Sin embargo, la Fiscalía, que dirige Alejandro Luzón, estima que esa decisión es precipitada.
El escrito, de 15 páginas, apuntala los indicios de actividad delictiva de la trama investigada en el caso Cloacas. Descarta tres de los cinco delitos que esgrimía la acusación popular (malversación, financiación ilegal y blanqueo), pero no los de tráfico de influencias y cohecho. El instructor, el magistrado Santiago Pedraz, coincidió en que es necesario practicar numerosas diligencias antes de resolver la imputación del partido.
Las dos fiscales asignadas, Elisa Lamelas y Mar Scharfhausen, señalan que los indicios apuntan a que «el PSOE habría puesto a disposición de la organización criminal que aquí se investiga su infraestructura logística y financiera, posibilitándose diferentes reuniones orgánicas entre los dirigentes del grupo en la sede del partido en la calle Ferraz, sufragándose la movilidad y alojamiento de sus diferentes miembros».
«Y lo que es más relevante», añaden, «financiándose la actividad presuntamente delictiva de los dirigentes y partícipes, a través de sociedades interpuestas con la colaboración de sendos abogados. Esta actuación se habría llevado a cabo a través del entonces secretario de Organización Santos Cerdán». Anticorrupción sostiene que «son múltiples y de la más variada naturaleza los indicios» que ha recogido la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil «para sostener dichas afirmaciones».
Las piezas clave
Para la imputación del partido, las piezas clave son la actual gerente, Ana María Fuentes Pacheco, y, sobre todo, Santos Cerdán. Este encargó a la fontanera Leire Díez «la coordinación y ejecución de una serie de actuaciones» que buscaban «desestabilizar de forma sistemática y continuada» las investigaciones que pudieran «impactar directa o indirectamente en los intereses del PSOE o del Gobierno».
Para articular los pagos opacos a la fontanera, el escrito sostiene que habrían contado «con el presumible concierto de la gerente […] quien emitía las oportunas órdenes de encargo sobre las que elaborar mendaces facturas que permitirían la transferencia de fondos con destino a Leire Díez».
En su declaración como investigada, Fuentes describió el proceso que el PSOE sigue para contratar servicios jurídicos y evitar ilegalidades, «pero no supo especificar» los servicios realmente prestados por los dos abogados externos contratados por Cerdán. La contratación se produjo «con absoluta libertad, sin más control que la presentación de las Notas de Encargo con posterioridad a la prestación de los servicios y la factura para su abono y de los que no se puede constatar que se hubieran prestado». Con ello, el Ministerio Público apunta al elemento esencial para la imputación: que el partido no aplicó un programa eficaz de cumplimiento normativo.
Diligencias pendientes
Entre las diligencias previas a la imputación, las fiscales consideran «especialmente relevante» concretar si los pagos a Leire Díez, «conociendo la finalidad de su actuación, fueron ordenados por el secretario de la organización y satisfechos directamente por éste desde cuentas de titularidad de la entidad precisamente para la comisión del ilícito encargo». Eso permitiría «establecer una conexión objetiva entre la actuación de [Cerdán] y la estructura patrimonial de la organización», y comprobar «si el sistema de control permitió pagos de esta naturaleza sin comprobación alguna».
Según Anticorrupción, la utilización de fondos de la organización «para satisfacer pagos vinculados a presuntos delitos de corrupción constituye un indicio de singular relevancia» para resolver la imputación del partido. Pero no basta con atribuir los hechos al ex secretario de Organización y a la gerente: hay que «reconstruir el circuito de decisión, autorización, ejecución y contabilización» de esos pagos, así como «los controles existentes en ese momento y el concreto beneficio» obtenido por el partido. Todo ello deberá desprenderse de las diligencias ordenadas y de los interrogatorios pendientes.