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Jueves, 22 de octubre de 2026

El Constitucional inadmite el recurso del Defensor del Pueblo y deja en el aire el voto de 163.020 españoles en el extranjero

3 minutos de noticias · Política

El Constitucional mantiene, por ahora, la suspensión del voto de 163.020 españoles residentes en el extranjero por la "ley de nietos", mientras Exteriores aún no ha identificado a todos los afectados antes de los comicios del 29 de noviembre.

El Tribunal Constitucional ha rechazado por diez votos frente a dos admitir a trámite el recurso de amparo que presentó el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la suspensión del derecho al voto de los españoles nacionalizados mediante la llamada “ley de nietos”. La decisión mantiene, por ahora, las medidas cautelares acordadas por el Tribunal Supremo y deja en el aire la participación de 163.020 ciudadanos residentes en el extranjero en las elecciones generales del 29 de noviembre.

La mayoría considera que el recurso se presentó antes de tiempo, porque el procedimiento sigue abierto en el Supremo y los afectados todavía pueden comparecer y presentar alegaciones.

Qué es la “ley de nietos”

Es una disposición de la Ley de Memoria Democrática, aprobada en 2022, que permite adquirir la nacionalidad española a determinados descendientes de españoles: hijos y nietos de quienes perdieron o renunciaron a ella por el exilio durante la Guerra Civil y la dictadura franquista.

La controversia nace de una instrucción posterior del Ministerio de Justicia, que estableció una presunción de exilio para los españoles que salieron del país entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955, sin necesidad de acreditar en todos los casos los motivos de su salida. Vox e Iustitia Europa cuestionaron esa interpretación, por considerar que ampliaba las condiciones previstas en la ley original.

El Supremo acordó en septiembre suspender cautelarmente determinadas inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) y, tras la convocatoria de elecciones anticipadas, confirmó el 12 de octubre que la medida afectaba también al voto de quienes ya figuraban inscritos.

Quién podrá votar

Según la Abogacía del Estado, 163.020 ciudadanos residentes en el extranjero están potencialmente afectados, aunque no todos los que obtuvieron la nacionalidad por esta vía tienen suspendido el voto. El Supremo ha establecido una excepción para quienes acrediten mediante certificación consular que, a fecha del 1 de agosto de 2026, habían obtenido la nacionalidad como hijos o nietos de españoles exiliados por razones políticas, ideológicas, de creencias o de orientación e identidad sexual, sin acogerse a la presunción introducida por Justicia. Quienes no puedan acreditar esos requisitos seguirán afectados mientras duren las medidas cautelares.

Esta decisión no supone perder la nacionalidad española: afecta solo a los efectos electorales de determinadas inscripciones en el censo.

Algunos afectados podrían acabar votando

La principal dificultad es identificar a tiempo a quienes deben quedar excluidos. Exteriores sostiene que revisar miles de expedientes es complejo, porque buena parte de la documentación anterior a la implantación del Registro Civil digital debe examinarse a mano. El ministerio ha movilizado personal, pero Albares reconoció el lunes que será “muy difícil” completar las comprobaciones antes de las elecciones. El presidente de la Asociación de Diplomáticos Españoles, Alberto Virella, ha denunciado que algunos consulados están “al borde de la extenuación” por la sobrecarga, con jornadas extraordinarias para revisar expedientes.

Mientras tanto, la Oficina del Censo Electoral, dependiente del INE, no dispone aún de toda la información necesaria para aplicar la suspensión. Eso podría hacer que algunos afectados sigan inscritos, reciban la documentación e incluso voten. Luis María Pardo, abogado y presidente de Iustitia Europa, una de las formaciones que promovieron el procedimiento, lo ha advertido en El programa de Ana Rosa: “Yo cada día tengo menos confianza en que estas personas vayan a ser expulsadas del censo electoral y finalmente, pues no sé cómo, pero acabarán votando”. Pardo ha denunciado además en sus redes que Exteriores no ha facilitado al INE toda la información necesaria para identificar a los ciudadanos cuyo sufragio está suspendido.

Qué pasará con la documentación

La Junta Electoral Central ha acordado que la Oficina del Censo Electoral prepare el envío de la documentación a unos 2,7 millones de españoles inscritos en el CERA, incluidos los que aún no tienen clara su situación. El envío está previsto entre el 24 y el 30 de octubre y deberá advertir de la posible suspensión de derechos electorales de determinados ciudadanos.

Recibir la documentación o emitir el voto no garantiza que ese voto se cuente. La decisión de la JEC se ha trasladado al Supremo, que ha pedido alegaciones a las partes antes de pronunciarse sobre cómo aplicar las medidas cautelares. Si la información llegara cuando los afectados ya hubieran votado, seguiría sin estar claro cómo aplicar la suspensión durante el escrutinio.

El escrutinio general está previsto entre el 4 y el 7 de diciembre, cuando las juntas electorales provinciales incorporen al recuento los votos del extranjero. Si se contabilizaran votos de ciudadanos sujetos a la suspensión, los partidos que impulsaron el procedimiento podrían cuestionar esas operaciones; si se rechazaran votos de personas que consideran vulnerado su derecho, también podrían presentarse reclamaciones. La Ley Orgánica del Régimen Electoral General prevé recursos contra la proclamación de electos, pero la eventual nulidad de una votación dependería de las irregularidades acreditadas, su relevancia y las circunstancias concretas. Por ahora, ninguna decisión judicial ha ordenado suspender las elecciones del 29 de noviembre ni implica necesariamente su repetición.

El PP amenaza con acudir a los tribunales

El PP considera que Exteriores no cumple adecuadamente las resoluciones del Supremo. Su vicesecretaria de Coordinación Sectorial, Alma Ezcurra, anunció el envío de un burofax a la directora general de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares, Carolina de Manueles Álvarez, para exigir que se ejecuten las medidas cautelares, con plazo hasta este jueves, antes de que empiece el envío de la documentación electoral. El burofax, firmado por el secretario general, Miguel Tellado, acusa a Exteriores de una conducta “pasiva y obstruccionista” encaminada a una “desobediencia efectiva” de las resoluciones judiciales, y advierte de posibles responsabilidades personales para la directora general y sus superiores, incluido el ministro Albares, si se acreditara un incumplimiento deliberado.

Albares rechaza las acusaciones y defiende a los funcionarios del servicio exterior. En declaraciones a TVE, ha pedido al PP que deje de “acosar” y “amedrentar” a los cónsules, y ha acusado a Alberto Núñez Feijóo de mentir sobre el cumplimiento de las resoluciones: “Todo el Servicio Exterior de España, los cónsules, los consulados, la Dirección General de Consulares, están cumpliendo escrupulosamente el auto del Supremo”. El Gobierno respeta la decisión del Constitucional, pero recuerda que el tribunal no ha entrado en el fondo de la cuestión y reitera que considera improcedente suspender de forma masiva el sufragio de ciudadanos españoles mediante medidas cautelares.

Un nuevo frente judicial: la querella contra Sofía Puente

Este miércoles se ha conocido que la jueza Inmaculada Lova, del Juzgado de Instrucción número 35 de Madrid, ha admitido a trámite una querella de Hazte Oír contra Sofía Puente, secretaria general para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia y hermana del ministro de Transportes, Óscar Puente. La jueza investiga un presunto delito de prevaricación administrativa relacionado con la instrucción del 25 de octubre de 2022, que Sofía Puente firmó como directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública. Hazte Oír sostiene que esa instrucción amplió indebidamente el alcance de la Ley de Memoria Democrática al permitir adquirir la nacionalidad sin acreditar individualmente la condición de exiliado en determinados supuestos.

La jueza ha abierto la investigación pese al criterio contrario de la Fiscalía, que pedía su inadmisión porque una querella anterior sobre los mismos hechos ya había sido archivada. El Ministerio de Justicia ha defendido a Puente y denuncia una utilización de las instituciones judiciales para perseguir a cargos públicos. La admisión de la querella no supone que se haya probado la comisión de ningún delito, y el procedimiento penal es independiente del litigio que se tramita en el Supremo sobre los efectos electorales de las nacionalizaciones.